El TJUE rechaza perpetuar los contratos de los interinos y abre la puerta a indemnizaciones por despido

Luxemburgo deja en manos de los tribunales nacionales decidir también si el abuso de la fórmula conllevaría la opción de hacerles fijos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que los contratos temporales de los empleados públicos no pueden perpetuarse porque no exista un proceso selectivo claro y abre la puerta a que puedan ser indemnizados como cualquier otro trabajador si se abusa de la fórmula. En la sentencia que ha dado a conocer este jueves, la Curia de Luxemburgo sostiene que los Estados miembros o los interlocutores sociales no pueden excluir del concepto de «sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada», la firma de relaciones con carácter de interinidad para una plaza pública hasta que esta sea provista con carácter definitivo.

Y subraya que «en caso de utilización abusiva por parte de un empleador público de sucesivas relaciones de servicio de duración determinada, el hecho de que el empleado público de que se trate haya consentido el establecimiento o la renovación de dichas relaciones no priva de carácter abusivo, desde ese punto de vista, al comportamiento del empleador y no lleva a que el Acuerdo Marco no sea aplicable a la situación de ese empleado público».

En este sentido, el Tribunal de Justicia considera que el objetivo del Acuerdo Marco -que establece límites a la utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada- «se basa implícita pero necesariamente en la premisa de que debido a su posición de debilidad respecto del empleador, el trabajador puede ser víctima de una utilización abusiva».

La institución, en todo caso, deja en manos de los jueces nacionales la capacidad de decidir sobre si han de ser indemnizados o si estos empleados interinos tienen derecho a ocupar la plaza con carácter fijo por la situación generada. «Incumbe a los órganos jurisdiccionales nacionales apreciar si ciertas medidas, como la organización de procesos selectivos destinados a proveer definitivamente las plazas ocupadas con carácter provisional por empleados públicos nombrados en el marco de relaciones de servicio de duración determinada, la transformación de dichos empleados públicos en «indefinidos no fijos» y la concesión a estos empleados públicos de una indemnización equivalente a la abonada en caso de despido improcedente, constituyen medidas adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada o medidas legales equivalentes».

El Tribunal de Justicia, en cualquier caso, aporta precisiones para orientar a dichos órganos jurisdiccionales.

Un «varapalo» para el Estado

Al conocer la sentencia, Javier Arauz, abogado de la causa, señaló que supone un «nuevo avance» en los derechos de los trabajadores públicos temporales y un «varapalo» para las administraciones y el Estado español porque declara que «en todas las circunstancias constituye una situación de abuso».

Así, aunque deja abierta la posibilidad de una indemnización como sanción, Arauz destaca que la sentencia avala que «la única vía de solucionar el problema es transformar la relación laboral con los temporales en empleados públicos fijos».

Desde CSIF, el sindicato más representativo en las administraciones públicas, reclamaron al Gobierno que adopte medidas urgentes para acabar con la temporalidad en la Administración. En su opinión, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha constatado «una vez más el abuso continuado de la contratación de empleados públicos temporales en España».

Destacan que, en la actual crisis sanitaria, más de 100.000 empleados temporales de la sanidad «trabajan codo con codo con el personal fijo para atender a los ciudadanos en la peor crisis sanitaria de nuestra historia reciente, al igual que vienen haciendo el resto de empleados temporales en el conjunto de las administraciones para garantizar unos servicios públicos efectivos«.

Por ello, piden que la Administración no pierda «ni un minuto más» y elimine la tasa de reposición que impide la convocatoria de plazas estructurales ocupadas por personal temporal y el desarrollo de los procesos selectivos, «teniendo en cuenta que solo se han puesto en marcha procesos de reducción de temporalidad para un 20% de las plazas contempladas y hay unas 300.000 personas interinas a la espera».

Tribunal Abogados y Asesores pone a su disposición su equipo de abogados laboralistas, para solucionar todas las dudas que tenga al respecto y defender ante cualquier Tribunal sus intereses.

 

FUENTE: LEONOTICIAS.COM – SALVADOR ARROYO – EDURNE MARTÍNEZ