El Supremo cierra el debate: los eventuales tienen derecho a 12 días de indemnización por fin de contrato, no 20
jueves, 06 junio 2019
Los trabajadores eventuales no pueden ser indemnizados por fin de contrato de la misma forma que los indefinidos despedidos. A los primeros les corresponde una indemnización de doce días por año trabajado y a los segundos veinte, sin que exista discriminación alguna por ello. Así ha cerrado el debate sobre la cuantía de la indemnización
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