El Tribunal Supremo, en reciente sentencia dictada el pasado 13 de mayo interpreta el artículo 853.2 del Código Civil, que señala como justa causa para desheredar a los hijos y descendientes el «haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra», entendiendo que dentro de dicho apartado se encuentra también el maltrato
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Texto relacionado al servicio de abogacía y asesoría sobre Herencias y testamentos que ofrece TRIBUNAL Abogados y Asesores