Una contribuyente que convive en su vivienda familiar, con su hija y sus dos nietos menores de edad, siendo su hija madre soltera sin ningún vínculo con el padre de sus hijos quien no le pasa cantidad alguna para alimentos, y que no percibe rentas superiores a 8.000 euros anuales, por lo que la hija

Hacienda ha concluido que el RDL 27/2018 de diciembre pasado, que fijó la exención de las prestaciones, permite la devolución a madres y padres con resolución o sentencia firme denegatoria previa a la Sentencia TS de 3 de octubre de 2018, cuyo texto puedes consultar aquí. Se estima que esta decisión puede beneficiar a 8.000 contribuyentes. Para los