La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy en sesión extraordinaria que corresponde al juez la decisión pertinente acerca de la suspensión, alteración o modulación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia cuando lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró

La Audiencia Provincial de Badajoz, en la sentencia 211/2017, de 11 de octubre, desestima el recurso de apelación presentado por el progenitor demandado, que se allanó a la demanda, y la impugnación formulada por la demandante y confirma la desestimación de la solicitud de ésta. La sentencia considera que no es admisible aceptar la renuncia expresada