La sentencia, con ponencia del magistrado José Manuel Bandrés, indica que la exigencia de que la actividad de cesión del alojamiento sea “de forma habitual” (artículo 4 c) no resulta irrazonable puesto que determina que los arrendamientos ocasionales no quedan sometidos a la citada reglamentación al no considerarse, propiamente, como actividad turística.   La Sala

La AP Cantabria en sentencia 561/2018, de 18 de octubre (Recurso 428/2018) confirma la sentencia dictada en primera instancia y la estimación de la acción de cesación que ejercita la comunidad de propietarios frente a uno de sus miembros por tenencia de perros en su vivienda. Concurren los requisitos exigidos para la prosperabilidad de dicha acción.  Así, la prueba practicada

Algunos miembros de la Mancomunidad de Propietarios demandada impugnan el acuerdo adoptado en junta en virtud del cual se autorizó la construcción ex novo de una piscina en el patio común del edificio. La Audiencia Provincial de Córdoba revocó la sentencia dictada en primera instancia, que desestimó la demanda, y declaró nulo el acuerdo comunitario

El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Granada, en sentencia número 130/2018, de 18 de septiembre de 2018, ha condenado a cesar en el uso de dos viviendas del edificio como pisos turísticos al estar acreditado que la explotación de los inmuebles de la demandada ocasionaba molestias por ruidos a los demás ocupantes del edificio, así